Naturaleza jurídica de la imposibilidad de hacer vida en común como causal de divorcio
DOI:
https://doi.org/10.70467/Palabras clave:
Divorcio, conductas dolosas y culposas, promoción y protección del matrimonioResumen
El autor muestra las implicancias sobre la naturaleza jurídica de una de las causales de Divorcio, ésta es la Imposibilidad de Hacer Vida en Común, regulada en el inc. 11 del art. 333º del Código Civil, a fin de desvirtuar cualquier apego de la misma a una de divorcio remedio, pues no se encuentran presentes elementos objetivos, los que harían prescindir al juzgador de cualquier análisis de conductas dolosas o culposas que condujeron a la separación. Analizando entonces, la función teleológica de los requisitos de las causales del divorcio, los mismos que se encuentran vinculados a la protección y promoción del matrimonio.
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Derechos de autor 2017 Edgar Ruiz Bazán (Autor/a)

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