¿Se vulnera el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva con la exigencia establecida en el artículo 565º - a del código procesal civil peruano?
DOI:
https://doi.org/10.70467/Palabras clave:
Tutela Jurisdiccional, demanda, reducción, exoneración, prorrateo, variación de alimentosResumen
El derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva involucra cuatro dimensiones: acceso a la justicia, debido proceso, a una resolución fundada en derecho y la efectividad de las resoluciones. De otro lado, respecto a las pretensiones relacionadas al derecho alimentario, el artículo 565-A del Código Procesal Civil, estipula que para plantear una demanda de Reducción, Exoneración, Variación o Prorrateo de alimentos, debe acreditarse estar al día con el pago de la pensión de alimentos previamente fijada, de lo contrario se declarará inadmisible la demanda, y ante la imposibilidad de subsanación, se la rechazará definitivamente. Atendiendo a ello, nos preguntamos si tal exigencia constituye una vulneración al derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, en su manifestación de acceso a la justicia.
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Derechos de autor 2017 Sandra Verónika Manrique Urteaga (Autor/a)

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