quaestio iuris187
Fundamentos jurídicos que justifican la
inscripción obligatoria de la maquinaria
pesada minera en el registro de bienes
muebles de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos
DOI: https://doi.org/10.70467/rqi.n15.9

quaestio iuris
Fundamentos jurídicos que justifican la inscripción
obligatoria de la maquinaria pesada minera en el
registro de bienes muebles de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos
Legal grounds justifying the mandatory
registration of heavy mining machinery in the
registry of movable property of the National
Superintendency of Public Registries
PEREZ AZAÑERO, Juliana 1
Recibido: 25.10.2025
Evaluado: 26.11.2025
Publicado: 28.12.2025
1 Bachiller en Derecho por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional
de Cajamarca – Perú, con correo electrónico jpereza18_2@unc.edu.pe y código ORCID https://orcid.
org/0009-0002-0599-3630.
Sumario
I. Introducción. II. Métodos y técnicas. III. La seguridad
jurídica como presupuesto para la estabilidad del tráfico
económico. IV. La función garantista del principio de
publicidad registral formal. V. El rol fiscalizador del Estado
en la supervisión de bienes estratégicos utilizados en
actividades de alto impacto. VI. Apreciación critica. VII.
Conclusiones. VIII. Lista de Referencias.
Resumen
El presente articulo tiene como objetivo principal desarrollar los
fundamentos jurídicos que sustentan la inscripción obligatoria
de maquinaria pesada minera en el Registro de Bienes Muebles
de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (en
adelante, SUNARP). Esto surge ante la problemática existente
en el marco normativo peruano, el cual no regula expresamente
la obligatoriedad de registrar este tipo de bienes, vacío legal
con implicancia en la fiscalización estatal que, a su vez, enerva
la seguridad jurídica y posibilita que dichas maquinarias sean
empleadas en actividades mineras ilegales sin posibilidad
de rastrear su propiedad. El análisis permitió evidenciar que
la ausencia de un régimen de inscripción obligatorio limita

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significativamente el accionar de las autoridades frente a
los equipos utilizados en la minería ilegal; por lo que, como
propuesta, se planteó que la inscripción forzosa de maquinaria
pesada permitiría identificar a los propietarios de los equipos
encontrados durante las intervenciones estatales; de esta
manera, se desincentivaría su uso en operaciones al margen
de la ley y se fortalecería el control sobre la circulación de bienes
estratégicos en el sector minero. Finalmente, se concluyó que
la implementación de un régimen de inscripción obligatoria
para la maquinaria pesada representa un mecanismo jurídico
idóneo para garantizar la seguridad jurídica, reforzar la publicidad
registral formal y mejorar la fiscalización estatal, contribuyendo
directamente a la prevención del uso ilícito de dichos bienes y al
establecimiento de responsabilidades legales claras sobre su
tenencia y utilización.
Palabras clave: Fundamentos jurídicos, inscripción registral,
maquinaria pesada, seguridad jurídica, fiscalización minera,
publicidad registral.
Abstract
This article aims to determine the legal foundations supporting
the mandatory registration of heavy mining machinery in the
Registry of Movable Property of the National Superintendency
of Public Registries (hereinafter, SUNARP). This arises from the
existing problem within the Peruvian legal framework, which does
not expressly regulate the mandatory registration of this type of
asset. This legal gap has implications for state oversight, which,
in turn, undermines legal certainty and allows such machinery
to be used in illegal mining activities without the possibility of
tracing its ownership. The analysis revealed that the absence of
a mandatory registration regime significantly limits the actions of
authorities against illegal mining. As a proposal, it was suggested
that the forced registration of heavy machinery would allow for
the identification of the owners of equipment found during state
interventions; in this way, its use in illegal operations would be
discouraged, and control over the circulation of strategic assets in
the mining sector would be strengthened. Finally, it was concluded
that the implementation of a mandatory registration regime for
heavy machinery represents a suitable legal mechanism to
guarantee legal certainty, reinforce formal registration publicity
and improve state oversight, contributing directly to the prevention
of the illicit use of such assets and to the establishment of clear
legal responsibilities regarding their possession and use.
Keywords: Legal foundations, registration, heavy machinery,
legal certainty, mining oversight, public registration.

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I. Introducción
La minería ilegal en el Perú se ha convertido en una problemática
compleja que involucra aspectos ambientales, económicos,
sociales y jurídicos. Su expansión acelerada ha estado
estrechamente vinculada a la facilidad con la cual la maquinaria
pesada, especialmente retroexcavadoras, excavadoras
hidráulicas, cargadores frontales y maquinaria perforadora,
puede ser adquirida, movilizada y utilizada sin un adecuado
control por parte del Estado; aunque esta maquinaria constituye
un recurso indispensable para el desarrollo de grandes obras
civiles y proyectos de inversión, también se ha transformado en
un instrumento clave para actividades ilícitas, particularmente
la minería ilegal en regiones como Madre de Dios, Amazonas,
Pasco, La Libertad y Cajamarca.
Esta situación se agrava debido a que el ordenamiento jurídico
peruano no contempla actualmente un régimen de inscripción
obligatoria para la maquinaria pesada en el Registro de Bienes
Muebles de SUNARP. Ello permite que estos bienes circulen sin
trazabilidad, dificultando la identificación de sus propietarios,
la verificación de su procedencia legal y el seguimiento de su
comercialización. La ausencia de un registro obligatorio implica
que el Estado solo cuenta con mecanismos reactivos, como la
interdicción o incautación, que resultan insuficientes frente a un
fenómeno que opera con altos niveles de movilidad, informalidad
y sofisticación logística.
Por esta razón, la presente investigación busca desarrollar
un análisis jurídico sobre los fundamentos que justifican la
inscripción obligatoria de maquinaria pesada destinada a
actividades mineras, partiendo de tres pilares: (a) Garantía de la
seguridad jurídica en la tenencia y la comercialización de bienes
muebles; (b) Obligatoriedad del principio de publicidad registral
formal en el sistema jurídico peruano; y (c) El cumplimiento del
rol fiscalizador del estado para con el control del ejercicio legítimo
de la actividad minera. Este artículo sostiene que la inscripción
forzosa no solo es viable, sino necesaria para combatir de manera
efectiva los activos utilizados en actividades como la minería
ilegal, fortalecer la transparencia, promover la trazabilidad y
garantizar el cumplimiento de los principios que rigen el sistema
registral peruano.
II. Métodos y técnicas
La investigación se desarrolló mediante un enfoque cualitativo,
aplicando conjuntamente el método dogmático para analizar
normas del sistema registral, el régimen de bienes muebles y

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la legislación minera; el método hermenéutico para interpretar
sentencias del Tribunal Constitucional, precedentes del Tribunal
Registral y normas del Código Civil y de SUNARP; el método
analítico–sintético para descomponer conceptos como seguridad
jurídica, publicidad registral y fiscalización estatal, integrándolos
después en una propuesta coherente sobre inscripción
obligatoria; y el método comparado para revisar experiencias
de registro obligatorio de maquinaria en otros países. Como
técnicas se emplearon el análisis documental, el fichaje, la
revisión doctrinal, la interpretación sistemática y la recopilación
de fuentes institucionales (SUNARP, MINEM, OEFA, ONUDD),
que permitieron fundamentar la problemática y sustentar los
argumentos jurídicos.
III. Garantía de la seguridad jurídica en la tenencia y la
comercialización de bienes muebles.
Héctor Fix-Zamudio (1998) sostiene que la seguridad jurídica
se configura como una garantía de previsibilidad normativa,
esencial para que las personas actúen con conocimiento de
las consecuencias legales de sus decisiones; el contenido
esencial de este principio radica en la previsibilidad de la norma,
la estabilidad del orden jurídico y la protección efectiva de los
derechos mediante mecanismos accesibles y confiables.
Cabe resaltar también que la seguridad jurídica tiene
reconocimiento explícito en diversas normas del ordenamiento
jurídico peruano; a nivel constitucional, si bien no lo menciona
de forma expresa, lo recoge implícitamente en disposiciones
fundamentales, como el artículo 139, inciso 3 de la Constitución,
que consagra el principio de “debido proceso y tutela jurisdiccional
efectiva”, el cual se articula con la idea de seguridad jurídica como
protección efectiva de los derechos y para el caso en concreto el
artículo 2, inciso 16, que reconoce el derecho de toda persona a
la propiedad, este reconocimiento implica que el Estado tiene el
deber de asegurar la estabilidad y protección jurídica de los bienes
patrimoniales de las personas, lo cual incluye garantizar que los
actos jurídicos que implican transferencia, uso o disposición de
bienes muebles o inmuebles se realicen dentro de un marco de
legalidad, previsibilidad y oponibilidad.
A su vez, es uno de los pilares del Derecho, pues proporciona
certeza, previsibilidad y estabilidad a las relaciones patrimoniales.
En materia registral, este principio adquiere relevancia cuando la
naturaleza del bien exige mecanismos de identificación y control
que eviten el fraude, la suplantación y la circulación opaca de
bienes. Tal como reconoce el Tribunal Constitucional (Exp. 00016-
2002-AI/TC), la seguridad jurídica se materializa a través de la

quaestio iuris192 publicidad registral, la legitimación del contenido registral y la
oponibilidad del derecho inscrito.
En esa misma línea, conforme al artículo I del Título Preliminar
del Código Civil peruano, la seguridad jurídica es una finalidad
esencial del ordenamiento jurídico, en ese sentido, el tráfico
patrimonial (incluyendo la tenencia y comercialización de bienes
muebles como la maquinaria pesada) debe desarrollarse bajo un
marco de certeza normativa y formalidad registral que garantice
la protección efectiva de los derechos, la publicidad de las
situaciones jurídicas y la oponibilidad frente a terceros, asimismo
el artículo 2013 del mismo Código, establece que la inscripción en
los registros públicos otorga legitimidad, oponibilidad y prioridad
respecto de los derechos inscritos.
En ese sentido cabe resaltar que la maquinaria pesada
destinada a la actividad minera constituye un bien mueble de
alta peligrosidad social, debido a que su utilización indiscriminada
genera daños ambientales irreversibles, facilita la evasión
tributaria y contribuye al lavado de activos mediante la ficticia
transferencia de propiedad. Su carácter móvil y su alto valor
económico hacen que la inscripción sea una necesidad jurídica
y no una simple opción facultativa. Sin embargo, la falta de
obligatoriedad en el sistema peruano permite actos como la
transferencia informal, la tenencia sin acreditación documental
clara y la circulación sin registro, lo cual crea un mercado paralelo
donde la maquinaria puede ser empleada con total anonimato
en actividades ilícitas.
La ausencia de un registro obligatorio genera además inseguridad
para terceros adquirentes, quienes pueden adquirir maquinaria
sin conocer gravámenes previos, sin verificar si el bien está
vinculado a investigaciones penales o sin tener certeza de la
legitimidad de su origen. Como señala Mena Velásquez (2020),
la inscripción de maquinaria pesada fortalece las transacciones
comerciales, reduce la posibilidad de fraude y permite que la
información sea accesible para autoridades y particulares.
Este fundamento resulta especialmente relevante en el contexto
de la minería ilegal, donde la trazabilidad se ha convertido en un
elemento clave para identificar redes delictivas. La inscripción
forzosa ofrecería certidumbre a compradores y vendedores,
aseguraría la autenticidad de la propiedad y permitiría que la
maquinaria no pueda ser transferida sin un antecedente registral,
fortaleciendo así la seguridad jurídica en el tráfico económico.
En el sector minero, la seguridad jurídica adquiere un matiz
particular: no solo protege derechos de propiedad, sino que
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quaestio iuris193 debe garantizar que el Estado pueda ejercer un control eficaz
sobre bienes de alto riesgo, como la maquinaria pesada usada en
minería ilegal. La falta de un registro obligatorio de estos bienes
genera vacíos legales que dificultan su trazabilidad y permiten
la impunidad.
Por ello, la inscripción forzosa en el Registro de Bienes Muebles
de la SUNARP no solo otorgaría certeza sobre la titularidad, sino
que brindaría al Estado una base legal sólida para intervenir,
incautar e inmovilizar equipos usados ilícitamente, fortaleciendo
su función fiscalizadora y protegiendo el orden público, el medio
ambiente y el patrimonio nacional.
Así, la seguridad jurídica deja de ser solo una garantía para los
particulares y se convierte en un instrumento de control estatal
que permite combatir eficazmente la minería ilegal.
Por tanto, puede concluirse que la seguridad jurídica no es
un concepto abstracto o meramente declarativo, sino una
herramienta operativa que permite garantizar la legalidad, la
previsibilidad y la estabilidad en la tenencia y comercialización de
bienes muebles, en el caso específico de la maquinaria pesada
destinada a la minería, este principio solo puede realizarse
plenamente mediante un sistema registral obligatorio, que
asegure la trazabilidad, la identificación de propietarios, y el
control efectivo del Estado sobre bienes que, aunque son de
propiedad privada, tienen una incidencia directa sobre el interés
público y la legalidad de las actividades extractivas.
IV. Obligatoriedad del principio de publicidad registral formal
en el sistema nacional registral.
El principio de publicidad registral formal constituye uno de los
pilares esenciales del sistema registral peruano, pues permite
que los actos inscritos adquieran oponibilidad frente a terceros y
hagan visible la situación jurídica de los bienes y derechos objeto
de registro. La publicidad, en su dimensión formal, garantiza que
la información registral sea accesible, verificable y confiable,
cumpliendo así una función social orientada a la transparencia
y a la protección del tráfico jurídico.
Este principio se encuentra desarrollado también en la Ley
N.º 26366, Ley de los Registros Públicos, y su reglamento,
aprobado por Decreto Supremo N.º 004 2000-JUS, reafirman
que los registros públicos administrados por la SUNARP, deben
operar bajo el principio de publicidad, esta normativa consagra
la obligación del Estado de garantizar el libre acceso a la
información registral, asegurando que los actos jurídicos que
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quaestio iuris194 ingresan al registro se hagan públicos y, por ende, surtan efectos
jurídicos frente a terceros, así, la publicidad no solo tiene efectos
informativos, sino también declarativos y, en ciertos casos,
constitutivos, según el tipo de acto inscrito. Desde la doctrina,
algunos autores han desarrollado la noción y las funciones del
principio de publicidad destacan que la publicidad registral cumple
una función de transparencia estructural en el ordenamiento
jurídico, pues permite que tanto los particulares como el Estado
puedan verificar el estatus jurídico de un bien determinado (Coca
Guzmán, 2025a; Ortiz Fernández, 2021).
Este principio solo puede desplegar plenamente sus efectos
cuando el bien se encuentra inscrito; es decir, sin inscripción no
existe publicidad efectiva. En el caso de la maquinaria pesada
destinada a actividades mineras, este principio se encuentra
debilitado, debido a que el ordenamiento jurídico peruano
mantiene un régimen facultativo de inscripción, impidiendo que
la información sea completa y verdaderamente accesible para
la ciudadanía y para las autoridades encargadas del control y la
fiscalización.
La ausencia de obligatoriedad impide que SUNARP consolide
un inventario nacional de maquinaria pesada, lo que genera una
profunda opacidad en el tráfico económico y limita la producción
de información registral útil para las funciones estatales. La falta
de inscripción hace que la maquinaria pueda circular sin dejar
rastro documental en los registros públicos, invisibilizando no
solo su titularidad, sino también sus sucesivas transferencias,
gravámenes o embargos. Esto convierte a la maquinaria pesada
en un bien altamente susceptible de ser utilizado en actividades
ilícitas, pues su circulación fuera del registro impide el control
inmediato de su origen y destino. La publicidad formal se vuelve,
entonces, un principio inoperante, pues no existe información que
transparentar cuando el régimen jurídico no exige la inscripción
de manera obligatoria.
La doctrina (Coca Guzmán, 2025) ha sostenido que la publicidad
registral no debe entenderse únicamente como una opción,
sino como un instrumento que permite al registro cumplir su
función constitucional de seguridad jurídica. Asimismo, la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional, particularmente en
la STC 02778-2022-HD/TC, ha reconocido que la publicidad
constituye un mecanismo que fortalece la fiscalización estatal,
al permitir que la información sea utilizada por entidades como
la Policía Nacional, el Ministerio Público, el Ministerio de Energía
y Minas y los gobiernos regionales. Sin un registro obligatorio,
dichas entidades carecen de datos confiables para verificar la
legitimidad de la maquinaria incautada en operaciones contra la
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quaestio iuris195 minería ilegal, lo cual genera demoras en los procesos, vacíos
probatorios y, en muchos casos, la imposibilidad de identificar
a los propietarios. En consecuencia, el principio de publicidad
registral demanda un marco legal que establezca la inscripción
obligatoria de maquinaria pesada destinada a la actividad
minera, como condición para que la información sea completa,
uniforme y útil para las funciones de control y supervisión, de lo
contrario, la publicidad se convierte en una noción meramente
formal, desprovista de eficacia real en la prevención y combate de
actividades ilícitas relacionadas con el uso de maquinaria pesada.
En conclusión, la publicidad registral en el sector minero es
una herramienta clave para garantizar la seguridad jurídica,
la transparencia y la sostenibilidad en las transacciones de
maquinaria pesada, su implementación efectiva no solo
protege los derechos de los propietarios legítimos y facilita la
formalización del mercado, sino que también contribuye de
manera significativa a la reducción de actividades ilegales,
fortalecer la publicidad registral y promover su uso en el sector
minero es, por tanto, una medida fundamental para consolidar
un entorno de inversión seguro, competitivo y libre de minería
ilegal. La implementación de un sistema obligatorio de registro
y publicidad registral permitiría responder a preguntas clave
como ¿De dónde sale esta maquinaria? ¿Quién es su actual
propietario y quiénes fueron sus anteriores propietarios? este
tipo de información sería crucial para combatir la minería ilegal,
ya que permitiría a las autoridades rastrear y sancionar a los
propietarios que permitan que su maquinaria sea utilizada en
actividades fuera del marco legal.
V. El rol fiscalizador del estado en la supervisión de bienes
estratégicos utilizados en actividades de alto impacto
El rol fiscalizador del Estado en materia minera constituye
uno de los pilares más sólidos para justificar la necesidad de
establecer un régimen de inscripción forzosa de maquinaria
pesada. La Constitución, en sus artículos 66 y 67, establece
que los recursos naturales son patrimonio de la Nación y que el
Estado debe promover su uso sostenible, además de prevenir y
sancionar actividades que los pongan en riesgo. Esta obligación
constitucional ha sido desarrollada mediante un conjunto de
normas que buscan fortalecer el control sobre la actividad minera,
especialmente frente al incremento de la minería ilegal. Entre
estas normas destacan los Decretos Legislativos N.º 1100,
1101, 1102, 1003, 1104 y 1105, promulgados en el marco de la
lucha contra la minería ilegal, los cuales regulan la interdicción,
fiscalización, incautación y procedimientos sancionadores
aplicables a quienes empleen equipos y maquinaria en
actividades extractivas no autorizadas.
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quaestio iuris196 A pesar de estos avances normativos, el Estado enfrenta un
problema estructural: la ausencia de un registro obligatorio que
permita identificar de manera inmediata y fiable la titularidad de la
maquinaria pesada intervenida. Esta problemática se evidencia
en los recientes operativos realizados por las autoridades
peruanas. Por ejemplo, en la Provincia de Pataz, La Libertad,
se han realizado más de 100 operaciones de control territorial
desde mayo de 2025, 162 incautando y destruyendo materiales
de minería ilegal valorizados en más de S/139 millones, en una
de estas operaciones, denominada “Yanahuma”, se intervinieron
siete bocaminas y se incautó material aurífero, molinos,
maquinaria, campamentos y explosivos por un valor total de
S/22.1 millones (Energiminas, 2025). La falta de inscripción
obligatoria ha generado una fuerte debilidad en los procesos
de fiscalización, ya que muchas de las máquinas utilizadas en
minería ilegal pueden movilizarse sin dejar rastro y sin que exista
un medio legal eficiente para verificar su procedencia, esto ha
sido aprovechado por redes dedicadas a la extracción ilegal de
minerales, que utilizan maquinaria no registrada para operar con
mayor impunidad, evadir el control estatal y dificultar la aplicación
de sanciones efectivas. Esta situación afecta negativamente los
operativos de interdicción minera, ya que muchas veces, cuando
se interviene maquinaria en actividades ilegales, no se cuenta
con elementos suficientes para atribuir responsabilidad a los
verdaderos propietarios o para probar su vínculo con la operación
ilegal, esta falta de trazabilidad favorece la reincidencia y debilita
la acción penal o administrativa del Estado. En febrero de 2025,
por ejemplo, las fuerzas del orden realizaron 45 operativos de
interdicción en 14 regiones del país, destruyendo bienes usados
en minería ilegal valorizados en S/123 millones, estas acciones
evidencian la magnitud del problema y la necesidad de establecer
mecanismos más efectivos de control y fiscalización (Gestión,
2025). Por otro lado, si bien el principio de publicidad registral
se encuentra consagrado en la legislación peruana como una
garantía de transparencia en la gestión de bienes muebles, su
eficacia se ve mermada al no aplicarse de manera obligatoria a los
equipos empleados en actividades mineras, esto genera una falsa
sensación de legalidad en el uso de estos bienes y perpetúa un
sistema donde el control sobre la maquinaria queda a discreción
de los propios operadores, sin una supervisión estatal clara.
Esta falta de trazabilidad impide identificar a los responsables
materiales y financieros detrás de la actividad ilícita, limita la
posibilidad de aplicar sanciones administrativas y penales, y
obstaculiza procesos como la incautación, decomiso o extinción
de dominio.
Los Decretos Legislativos N.º 1100 y 1103 regulan la interdicción
de maquinaria empleada en minería ilegal y facultan al Estado
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quaestio iuris197 a incautar y destruir equipos utilizados en zonas prohibidas.
El artículo 6 del Decreto Legislativo N.º 1100 establece que la
maquinaria pesada hallada en actividad minera ilegal puede ser
incautada de manera inmediata. Sin embargo, en la práctica, la
ausencia de un registro obligatorio ha generado serias dificultades
para acreditar la propiedad, lo cual ha derivado en controversias,
apelaciones e incluso devoluciones de maquinaria intervenida
por presunta insuficiencia de pruebas. El artículo 10 del Decreto
Legislativo N.º 1103 resalta la obligación del Estado de controlar
la comercialización y transporte de maquinaria pesada, pero
esta facultad queda vaciada de contenido cuando no existe un
sistema que registre el historial técnico, jurídico y económico de
dichos bienes.
A ello se suma que el Decreto Legislativo N.º 1451, que fortalece
la interdicción minera, reconoce expresamente la necesidad de
mejorar los mecanismos de identificación y seguimiento de la
maquinaria. No obstante, el decreto no crea un sistema registral
obligatorio, dejando sin resolver el problema de base: el Estado
solo puede fiscalizar efectivamente aquello que está identificado
y trazado. La maquinaria sin inscripción se convierte en un bien
“anónimo” dentro del tráfico económico, pudiendo circular entre
regiones sin ningún control documental. Ello ha sido evidenciado,
por ejemplo, en operativos en los ríos Malinowski, Tambopata y
Cenepa, donde maquinaria de gran tamaño fue hallada flotando
o siendo transportada sin guía de remisión válida y sin constancia
de origen, lo cual imposibilitó determinar responsables directos.
La doctrina especializada señala que la fiscalización
administrativa solo puede ser eficaz cuando el bien sujeto a
supervisión cuenta con un respaldo documental verificable
(Vergara Soto, 2020). En esa misma línea, Justiniani Romero
(2021) sostiene que la inscripción registral de bienes estratégicos
permite asociar cada equipo con una persona natural o jurídica,
un acto jurídico y un historial verificable, lo cual constituye la
base de toda acción fiscalizadora. Sin inscripción obligatoria, la
maquinaria pesada permanece al margen del sistema jurídico
y, por tanto, fuera del alcance de los mecanismos de control
estatal. Esto no solo dificulta la labor de las autoridades, sino que
también afecta el debido proceso, ya que la identificación tardía o
imprecisa del titular puede generar nulidades o cuestionamientos
posteriores.
La ausencia de un registro obligatorio también limita la extinción
de dominio, regulada por la Ley N.º 30424 y su modificatoria,
puesto que este mecanismo exige demostrar la vinculación
del bien con la actividad ilícita y la propiedad del intervenido.
Sin un registro confiable, muchos de estos procesos quedan
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quaestio iuris198 truncos o prolongados indefinidamente. Asimismo, la fiscalización
ambiental a cargo del OEFA se ve limitada, ya que la institución no
puede determinar con certeza quién es responsable del impacto
generado por maquinaria no registrada.
Por todo ello, la inscripción forzosa en SUNARP permitiría
articular un sistema de control más eficiente, basado en la
identificación técnica del bien (número de serie, chasis, modelo,
proveedor), en la trazabilidad de sus transferencias y en la
posibilidad de cruzar datos con permisos, concesiones, rutas
de transporte y guías de remisión. Un sistema obligatorio de
registro permitiría que cada unidad de maquinaria pesada tenga
una “huella jurídica”, facilitando la labor de entidades como la
Policía Nacional, el Ministerio Público, el MINEM, el OEFA y los
gobiernos regionales. Asimismo, generaría un efecto preventivo,
pues quienes operen maquinaria sin inscripción podrían enfrentar
sanciones administrativas o incluso penales, desincentivando
el uso clandestino de estos bienes. Desde esta perspectiva,
la inscripción forzosa no solo cumple una función de control
ex post, sino también de prevención estructural, al transformar
a cada equipo en un bien identificable, rastreable y sujeto a
responsabilidad dentro del marco jurídico del Estado.
VI. Apreciación critica
La revisión del marco jurídico y del funcionamiento operativo
del sistema registral revela que la ausencia de un régimen de
inscripción obligatoria para la maquinaria pesada constituye
una debilidad estructural que contraviene los principios de
seguridad jurídica, publicidad y fiscalización estatal. Pese
a la existencia de normas dispersas que buscan combatir la
minería ilegal, como los Decretos Legislativos 1100, 1103,
1105 y 1451, la política pública ha priorizado mecanismos de
interdicción y represión, dejando en segundo plano la necesidad
de fortalecer instrumentos preventivos. Esta orientación reactiva
ha demostrado ser insuficiente, pues permite que la maquinaria
pesada siga circulando sin trazabilidad, facilitando su empleo en
actividades ilícitas a una escala que supera la capacidad estatal
de intervención.
Desde una perspectiva crítica, resulta evidente que el Estado
ha centrado sus esfuerzos en intervenciones operativas,
incautación, destrucción, decomiso, sin acompañarlas de
una reforma registral coherente que permita identificar a los
verdaderos responsables financieros y logísticos detrás de la
minería ilegal. La falta de articulación entre SUNARP, MINEM,
OEFA, la Policía Nacional y el Ministerio Público genera vacíos
en la producción y uso de información, debilitando la eficacia del
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quaestio iuris199 control. Asimismo, el carácter facultativo del registro desincentiva
la formalidad y permite que operadores económicos adquieran
y movilicen maquinaria sin dejar huella documental verificable,
lo que contradice los estándares internacionales de trazabilidad
establecidos por organismos como la ONUDD.
Un sistema registral que no incorpora bienes estratégicos como
la maquinaria pesada reproduce desigualdades en el tráfico
económico, pues mientras algunos bienes muebles, como los
vehículos menores y mayores, cuentan con inscripción obligatoria,
otros bienes de igual o mayor impacto social y ambiental
permanecen al margen del control institucional. Esta asimetría
normativa carece de justificación jurídica y evidencia un rezago
en la modernización del sistema registral peruano. La ausencia
de obligatoriedad también debilita el debido proceso, pues en
muchos procedimientos de incautación o extinción de dominio
la falta de información registral impide acreditar responsabilidad
o nexo con la actividad ilícita, generando conflictos probatorios
y dilatando las actuaciones fiscales y judiciales.
Por ello, una apreciación crítica permite concluir que el diseño
actual de la política pública y del marco registral requiere
una reestructuración integral que incorpore un sistema de
inscripción forzosa, interoperable y articulado con las entidades
fiscalizadoras. Tal sistema debe no solo registrar la titularidad,
sino también permitir la trazabilidad del bien desde su importación
o fabricación hasta su uso final, integrando información técnica,
jurídica, logística y territorial. Una reforma de esta naturaleza
representaría un cambio estructural que dotaría al Estado de
capacidades preventivas reales y no únicamente reactivas,
alineándose con los principios constitucionales y con las
exigencias contemporáneas de lucha contra la criminalidad
organizada y la minería ilegal.
VII. Conclusiones
a. Los fundamentos jurídicos para la inscripción forzosa de
la maquinaria pesada destinada a la minería en el Registro
de Bienes Muebles de SUNARP se sustentan en pilares
esenciales tales como la garantía de la seguridad jurídica en la
tenencia y comercialización de dichos bienes, la obligatoriedad
del principio de publicidad registral formal y el fortalecimiento
del rol fiscalizador del Estado frente a la actividad minera.
b. El análisis jurídico demuestra que la inscripción forzosa
de maquinaria pesada minera es indispensable para dotar
de certeza y trazabilidad a la tenencia y comercialización de
estos bienes, permitiendo prevenir su uso en actividades
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quaestio iuris200 ilícitas y consolidando la legalidad de las operaciones mineras,
especialmente en zonas de alta conflictividad y minería ilegal.
c. La aplicación del principio de publicidad registral formal
justifica la necesidad de establecer un régimen de inscripción
obligatoria, ya que esta medida garantiza el acceso público a
la información registral, la oponibilidad frente a terceros y la
transparencia en las transferencias de maquinaria, elementos
esenciales para la legalidad de la actividad minera.
d. El cumplimiento del rol fiscalizador del Estado se ve
fortalecido mediante la inscripción forzosa de maquinaria
pesada minera, permitiendo la identificación del titular,
facilitando el monitoreo del uso de los equipos y reforzando
las acciones de interdicción frente a la minería ilegal, en
concordancia con los principios de legalidad y sostenibilidad
ambiental.
VIII. Lista de Referencias
Coca Guzmán, S. J. (2025a, 11 de julio). ¿Qué es el principio
de publicidad registral? (artículo 2012 del Código Civil)
[Actualizado 2025]. LP Derecho. https://lpderecho.pe/
principio-publicidad-registros-publicos-derecho-civil/
Energiminas. (2025). Comando Unificado ha incautado y
destruido materiales de minería ilegal valorizados en
más de S/139 millones en Pataz. Recuperado de https://
energiminas.com/2025/06/02/comando-unificado-ha-
incautado-y destruido-materiales-de-mineria-ilegal-
valorizados-en-mas-de-s-139 millones-en-pataz/
Fix-Zamudio, H. (1998). Ensayos sobre el Estado de Derecho.
Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM.
Justiniani Romero, M. R. (2021). La puesta en valor del patrimonio
minero inactivo: un análisis desde el caso del complejo
metalúrgico la Oroya. [Trabajo de investigación para optar
el grado académico de magíster en regulación, gestión
y economía minera, pontificia universidad católica del
Perú]. Repositorio PUCP. https://core.ac.uk/download/
pdf/489429012.pdf
Mena Velásquez, I. J. (2020). Falta de inclusión de maquinarias
pesadas para uso de actividades no mineras en el
registro de propiedad bienes muebles y su repercusión
negativa en la seguridad jurídica. [Tesis para obtener
el título profesional de: Abogada, Universidad Cesar
PEREZ AZAÑERO, Juliana

quaestio iuris201 Vallejo]. Repositorio UCV. https://repositorio.ucv.edu.pe/
bitstream/handle/20.500.12692/55207/Mena_ VIJ-SD.
pdf?sequence=1&isAllowed=y
Ortiz Fernández, M. (2021). El principio de publicidad registral
y sus manifestaciones: especial atención a su dimensión
formal y a la incidencia de los derechos fundamentales en
su configuración. Derecho Privado y Constitución, 39, 287-
321. doi: https://doi.org/10.18042/cepc/dpc.39.03.
Tribunal Constitucional (Perú). (2003, 30 de abril). Sentencia
del Expediente N.° 00016-2002-AI/TC. https://tc.gob.pe/
jurisprudencia/2003/00016-2002-AI.pdf
Tribunal Constitucional (Perú). (2023, 23 de octubre). Sentencia
del Expediente N.° 02778-2022-HD/TC (Sentencia
636/2023, https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2023/02778-
2022-HD.pdf
Vergara Soto, A. (2020). Fundamentos constitucionales de la
potestad fiscalizadora de la Administración del Estado.
ReDAE Revista de Derecho Administrativo Económico,
(32), 145-165. https://analesliteraturachilena.letras.uc.cl/
index.php/REDAE/article/downloa d/26873/21671.
PEREZ AZAÑERO, Juliana